Subastas judiciales de inmuebles: preguntas y respuestas
La subasta judicial es el final habitual de una ejecución hipotecaria y el momento en que el crédito impagado se convierte en dinero o en inmueble. Estas páginas responden con los datos del Observatorio de subastas del BOE.
Preguntas
¿Qué pasa si la subasta judicial queda desierta?
Si no hay postores, desde la LO 1/2025 el acreedor ya no se adjudica el inmueble por el 50 %/70 %: el ejecutado —por sí o a propuesta del ejecutante— puede designar a quien se lo adjudique por al menos el 50 % del valor de subasta (o por lo que cubra todo el crédito, con suelo del 40 %), o las partes piden nueva subasta (art. 671 LEC). El acreedor que quiera el bien debe pujar (sin depósito) y puede ceder el remate. En el BOE, el 25,1 % de las subastas concluidas con resultado conocido queda desierta.
¿Cómo funcionan las subastas judiciales del Portal del BOE?
Subasta electrónica de 20 días naturales en subastas.boe.es: alta con certificado digital, depósito (20 % del valor de subasta tras la LO 1/2025), pujas, adjudicación al mejor postor conforme a los arts. 670–671 LEC, pago del resto y posesión.
¿Es mejor pujar en la subasta o comprar la deuda antes?
Pujar es rápido y público, pero compites y pagas el precio que marque la subasta; comprar la deuda antes te da el control del procedimiento y un precio negociado con descuento, a cambio de plazo e incertidumbre. Quien compra la deuda decide si puja, se adjudica o cede el remate.